Composición y convocatorias de la mesa o del órgano de contratación (Fecha actualización 30/10/2023)

Composición y convocatorias de la mesa o del órgano de contratación

La Fundación Canaria Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria tiene la consideración de poder adjudicador no Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por lo que la constitución de una mesa de contratación es meramente facultativa, según la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado de 28 de febrero de 2018 y el Informe de la Abogacía General del Estado en su Instrucción 1/2008.

La decisión de su constitución se deja a criterio del Patronato y, en caso de optar por ella y por razones de celeridad y eficacia, se propone que se apruebe la constitución de una Mesa de Contratación de carácter estable y, además, que ésta intervenga en expedientes de contratación relativos a contratos sujetos a una regulación armonizada; Además el Patronato podrá acordar la delegación de las funciones de dicha mesa de contratación, en el Director General y en el  Secretario del Patronato, para la evaluación y elevación de la propuesta de adjudicación.

En materia de contratación, se establecen las siguientes competencias:

  a.)      Al Patronato para la iniciación, tramitación, impulso y adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada.

  b.)      Al Director General para la iniciación, tramitación, impulso y adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada o de cuantía inferior.

 

Fecha revisión: 30/10/2023