Identificación, perfil, méritos académicos y trayectoria profesional (Fecha actualización: 23/04/2026)

DIRECTOR GENERAL

D. Tilman Kuttenkeuler.

Licenciado en Derecho y Master en Gestión Cultural y Medios de Comunicación.

Su experiencia profesional se enmarca en la gestión cultural y artística en el ámbito de la música, las artes escénicas y el ámbito Mice, ocupando, entre otros, el cargo de Director General de la Orquesta Sinfónica de la Radio Alemana · Berlín, Director General del Stuttgarter Kammerorchester (Orquesta de Cámara de Sttugart), Gerente del Centro de Orquestas del estado Federal Renania del Norte/Westfalia en Dortmund,  Delegado de cultura de la ciudad de Donaueschingen y Gerente del Festival de Música “Donaueschinger Musiktage”, Gerente de la Fundación Orquesta Filarmónica de Gran Canaria, y en la actualidad, Director General de la Fundación Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria.

En 2016, es nombrado Director General de la Fundación Teatro y Auditorio de Las Palmas de Gran Canaria, institución que gestiona el Teatro Pérez Galdós y el Auditorio Alfredo Kraus / Palacio de Congresos de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, cargo que ocupa en la actualidad.

Es miembro académico de la Academia de las Artes Escénicas en España.

Ha participado como miembro de jurado en Festivales y concursos como: Temudas Fest (años 2022, 2023), Concurso Internacional de Canto Alfredo Kraus (desde 2017 a 2025), Certamen de Zarzuela de Valleseco (desde 2016 a 2025), Presidente del Jurado del Concurso Jóvenes Intérpretes Mapfre – IBF (International Bach Festival) (desde 2019); y miembro del comité artístico del programa del International Bach Festival); Jurado del Concurso de Bandas Jóvenes Intérpretes, entre otros.


FUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL: Corresponde al Director General la representación ordinaria de la Fundación y ejercer la gestión ordinaria de la actividad fundacional, para lo cual estará investido de las más amplias facultades, enunciadas en el artículo 10 de los Estatutos de la Fundación y que son:

a)  Ostentar, en nombre y por delegación del patronato, la representación ordinaria de la Fundación.

b)  Ejercer la gestión ordinaria de la actividad fundacional para lo cual estará investido de las más amplias facultades, entre las que cabe enunciar las siguientes:

      b.1.)    La ejecución de los acuerdos adoptados por el Patronato

      b.2.)    La elaboración y ejecución de los programas de actividades y planes de actuación.

      b.3.)    La elaboración de la memoria anual de actividades.

      b.4.)     La propuesta de la estructura del presupuesto así como la elaboración del mismo y su ejecución una vez aprobado.

      b.5.)     La jefatura de personal, su contratación y despido, con respeto a la prohibición de autocontratación establecido en el artículo 22.2 de los Estatutos.

      b.6.)     La celebración en régimen de derecho privado de cuantos contratos sean necesarios para la normal actividad y el cumplimiento de los fines de la Fundación, dentro de los presupuestos aprobados por el Patronato y con los límites referidos a la autocontratación en el artículo 22.2 y aquellos actos de enajenación que requieran la autorización del Protectorado.

      b.7.)     La elaboración y custodia, una vez aprobado por el Patronato, del inventario de bienes de la Fundación.

      b.8.)     La concertación de operaciones de crédito, previa autorización del Patronato.

      b.9.)    Por razón de urgencia, ejercitar acciones y recursos y oponer excepciones en toda clase de juicios y litigios, compareciendo ante cualesquiera juzgados, tribunales, autoridades y organismos en defensa de los intereses encomendados a la Fundación, dando cuenta al Patronato para su ratificación si procediese, en la primera sesión que éste celebre.

c)   Asistir obligatoriamente a todas las sesiones del Patronato con voz y sin voto.

d)   Ejercer la actividad de comunicación, entrega y dación de cuentas al Protectorado en los supuestos previstos por la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias y por los presentes Estatutos.

f)    Cualesquiera otras que no estén atribuidas a otros órganos.


Fecha de nombramiento en reunión de Patronato celebrada el día 8 de febrero de 2016


Fecha actualización: 23/04/2026

 

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